Indemnizaciones laborales son deducibles

La Sentencia CE 25000-23-37-000-2022-00197-01 (28639) de 2024 del Consejo de Estado , Sección Cuarta, se señala que sí son deducibles las bonificaciones e indemnizaciones laborales.

Estos pagos cumplen con el artículo 107 del Estatuto Tributario en cuanto a nexo causal, necesidad  y proporcionalidad.

 

Ver sentencia.

 

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