Concepto 875 del 05-06-2026. Impuesto al patrimonio.

Concepto 875 del 05-06-2026. Impuesto al patrimonio.

Problema jurídico: ¿Aplica la exclusión del impuesto al patrimonio a los operadores directos, concesionarios o contratistas de juegos de suerte y azar por considerarse empresas del sector salud?

Tesis jurídica: No. Porque los operadores de juegos de suerte y azar no participan de manera directa en el aseguramiento, financiación o prestación del servicio de salud ni lo financian con su propio patrimonio, sino que solo transfieren recursos captados del público, y adicionalmente la exclusión exige intervención estatal y no mera vigilancia, conforme al art. 1 del Dec. Leg. 173 de 2026 y al art. 8 de la Ley 643 de 2001.

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