Concepto 1172 [010573] 13-12-2024: Sistema de Facturación Electrónica
Concepto 1172 [010573] 13-12-2024: Sistema de Facturación Electrónica
Problema jurídico: ¿Se deben enviar los mensajes electrónicos de confirmación, incluso en las compras a crédito que hagan los “no obligados a facturar”, para que estas sean aceptadas tributariamente?.
(Respuesta) Tesis jurídica: Sí. Incluso los “no obligados a facturar” deben enviar los mensajes electrónicos de “Recepción de la Factura” y de “Recepción de bienes o servicios” cuando realicen compras a crédito o con plazo de pago. La omisión de este requisito impide la aceptación tributaria de los costos, gastos e impuestos descontables. Estos mensajes electrónicos de confirmación se pueden enviar mediante software propio, a través de un proveedor tecnológico o utilizando el sistema gratuito de la DIAN en el RADIAN, sin que esto implique la obligación de expedir facturas de venta o documentos equivalentes en sus propias “ventas”.