Concepto 012496 del 15-09-2025. IVA en juegos de suerte y azar.
Concepto 012496 del 15-09-2025. IVA en juegos de suerte y azar.
Problema jurídico: ¿Se encuentra gravada con IVA la operación, circulación o venta de juegos de suerte y azar, incluido el monopolio rentístico sobre esta actividad?
Tesis jurídica: Sí. Porque la circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar constituye hecho generador del IVA, con excepción de las loterías y de los juegos operados exclusivamente por internet, conforme al lit. e) del art. 420 E.T.
Nota de relatoría de GlobalContable y Global Servicios Legales: Recordar que el art 1 del Decreto Legislativo 175 del 14-02-2025, expedido en desarrollo del estado de conmoción interior, se extiende desde el 22-02-2025 hasta el 31-12-2025. Suspende la aplicación de la excepción prevista en el lit. e) del art. 420 E.T. para los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet.














