Concepto 011860 del 28-08-2025. IVA – Propiedad horizontal.

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Problema jurídico: ¿Se debe cobrar IVA cuando en una copropiedad residencial los parqueaderos se destinan únicamente al uso de los copropietarios?

Tesis jurídica: No. Porque se trata de la asignación de un bien común incluida en la cuota de administración, no gravada con IVA, conforme al artículo 32 de la Ley 675 de 2001.

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