Concepto 006682 del 26-04-2026. Notificación electrónica.

Concepto 006682 del 26-04-2026. Notificación electrónica.

Problema jurídico: ¿Se inicia el cómputo de los cinco (5) días previos al término para responder o impugnar desde el día siguiente a la recepción del correo electrónico en notificación electrónica aduanera?

Tesis jurídica: Sí. Porque los cinco (5) días se cuentan desde el día siguiente a la recepción efectiva del correo electrónico y una vez transcurren inicia el término para responder o impugnar, conforme al art. 146 del Dec. Ley 920 de 2023.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Colega ¿Te gustaría escribir artículos profesionales?

Obtén tu propio BLOG completamente Gratis!

Daremos comienzo en:

Días
:Hor
:Min
:Seg
El descuento ha finalizado

taller virtual

Más información aquí abajo

Link Exclusivo