Concepto [005167] int 574 de 21-04-2025: Información Exógena

Problema jurídico:  ¿Debe reportarse en la información exógena la enajenación de acciones, cuotas o partes de interés no cotizadas en bolsa cuando la transferencia no comprende la totalidad de los atributos del dominio, como ocurre con la cesión del usufructo o de la nuda propiedad?

Respuesta (Tesis jurídica): No. Porque, la cesión del usufructo o de la nuda propiedad no constituye enajenación en los términos fiscales, ya que no implica la transferencia total del derecho de propiedad, requisito necesario para que surja la obligación de reportarse en la información exógena.

Texto completo: Concepto [005167] int 574 de 21-04-2025

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