Concepto 002724 del 24-02-2026. Exención num. 7 art. 206 E.T.

Concepto 002724 del 24-02-2026. Exención num. 7 art. 206 E.T.

Problema jurídico: ¿Aplica la exención del numeral 7 del artículo 206 a los magistrados y magistradas auxiliares de la Jurisdicción Especial para la Paz? 

Tesis jurídica: Sí. Porque los magistrados auxiliares de la JEP ejercen funciones equiparables a las de los auxiliares de las altas cortes y, por razones de igualdad y conforme a la interpretación constitucional vigente, deben incluirse dentro del alcance de la exención del 50 % por gastos de representación. Conforme al art. 206 del E.T.

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