Alivios por el sismo del 10 de agosto: lo que cambia en impuestos, vivienda, arriendo y empleo

Tras el sismo del 10 de agosto de 2026, el Gobierno Nacional expidió un paquete de más de una decena de decretos legislativos de emergencia. Aquí reunimos los que tocan de cerca a contribuyentes, empresas, arrendatarios, propietarios y trabajadores de las zonas afectadas, con enlace a la fuente oficial de cada uno.

Impuestos, aduanas y cambios — Decreto Legislativo 1419 de 2026. Quienes tengan domicilio fiscal en un municipio afectado pueden acceder, hasta el 19 de noviembre de 2026, a facilidades de pago sin garantía hasta por 24 meses y a la reducción de sanciones e intereses moratorios (85% y 4,5% anual, respectivamente) sobre obligaciones en mora al 10 de agosto; también se concede conciliación contencioso-administrativa a esos mismos sujetos. Cualquier contribuyente del país, esté o no en zona afectada, puede donar sus saldos a favor a la Nación para financiar la reconstrucción. Texto oficial del decreto y Comunicado de Prensa 122 de la DIAN.

Vivienda y subsidio de arriendo — Decreto Legislativo 1422 de 2026. Elimina el requisito de ahorro previo para acceder al Subsidio Familiar de Vivienda a hogares damnificados con ingresos de hasta 4 SMLMV, permite sumar subsidios de distintas fuentes hasta cubrir el 100% de la solución habitacional, y crea un subsidio de arrendamiento temporal de emergencia hasta por 12 meses, compatible con la solución definitiva. Aplica a personas inscritas en el Registro Único de Damnificados, en los municipios afectados, hasta 2028. Texto oficial del decreto.

Protección a arrendatarios y propiedad horizontal — Decreto Legislativo 1423 de 2026. Suspende por seis meses los desalojos y restituciones sobre inmuebles de arrendatarios afectados, aplaza el reajuste anual del canon, prorroga extraordinariamente los contratos que vencieran antes del 31 de diciembre de 2026 y obliga a acuerdos de pago diferido cuando el arrendatario no pueda cubrir el canon completo. En propiedad horizontal, flexibiliza por dos años el uso del Fondo de Imprevistos y permite asambleas virtuales o mixtas. Texto oficial del decreto.

Empleo e ingresos laborales — Decreto Legislativo 1417 de 2026. Crea un subsidio estatal equivalente al 40% de un salario mínimo por trabajador (hasta $700.362) para nómina de micro y pequeñas empresas damnificadas, por hasta seis meses, y un auxilio para trabajadores cesantes registrados como damnificados equivalente a 0,5 salarios mínimos, girado en dos pagos. Exige registro en el Registro Único de Damnificados y, para el auxilio de cesantía, al menos seis meses de aportes a caja de compensación. Todas las medidas rigen hasta seis meses desde el 17 de septiembre de 2026. Texto oficial del decreto.

En todos los casos, el requisito común es acreditar la afectación directa por el sismo ante el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, dentro del ámbito territorial fijado por el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026.

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