A propósito de la Planeación a Prevención

Documento TRIBUTAR-io

Septiembre 10 de 2021
Número 774
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
Síganos en twitter: @ocorredoralejo
A PROPÓSITO DE LA PLANEACIÓN A PREVENCIÓN

Definitivamente, los procesos de cobro que actualmente adelanta la DIAN  tendrán que  ser suspendidos para permitir la aplicación del alivio en sanciones e intereses que  prueba la reforma. De acuerdo con el texto conciliado, para las obligaciones administradas por la DIAN, así como respecto de los impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial, que se paguen hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2021, y para las facilidades de pago que se suscriban con la DIAN y los entes territoriales hasta el treinta y uno (31) de
diciembre de 2021 respecto a las obligaciones que presenten mora en el pago a treinta (30) de junio de 2021, y cuyo incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19, las sanciones y la tasa de interés moratoria se reducirán y liquidarán así:

Ver el Documento Tributario_774_Sep_10

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Colega ¿Te gustaría escribir artículos profesionales?

Obtén tu propio BLOG completamente Gratis!

Daremos comienzo en:

Días
:Hor
:Min
:Seg
El descuento ha finalizado

taller virtual

Más información aquí abajo

Link Exclusivo