Sentencia 30462 del 25-09-2026. Territorial. Sobretasa a la gasolina. La devolución de lo pagado por ventas realizadas en otro municipio exige corregir la declaración.
¿Debe corregirse la declaración de la sobretasa a la gasolina para obtener la devolución de lo pagado por ventas que se realizaron en otro municipio y se incluyeron por error en ella?
Radicación: 08001-23-33-000-2019-00734-01 (30462)
Problema jurídico: ¿Debe corregirse la declaración de la sobretasa a la gasolina para obtener la devolución de lo pagado por ventas que se realizaron en otro municipio y se incluyeron por error en ella?
Tesis jurídica: Sí. Porque, sea pago de lo no debido o en exceso, cuando se origina en una inexactitud de la autoliquidación imputable al contribuyente, la devolución exige la corrección que conforme el título con el menor valor a cargo, tanto si se pide la devolución como si se compensa con periodos futuros, conforme a los arts. 589 y 850 del E.T. y 8 de la Ley 681 de 2001.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Confirma la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico que negó a Petrobras Colombia Combustibles S.A. la devolución pedida al Distrito de Barranquilla y condena en costas a la demandante. Aclara que la compensación del art. 8 de la Ley 681 de 2001 no excluye el trámite general de devolución.
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