Concepto 015659 del 07-09-2026. Régimen SIMPLE. Tarifa consolidada con varias actividades.
Problema jurídico: ¿Se determina la tarifa SIMPLE consolidada más alta ubicando el total de los ingresos del período en la tabla de cada actividad que desarrolla el contribuyente?
Tesis jurídica: Sí. Porque la ley no prevé ponderar ni fragmentar los ingresos por actividad: el total se ubica en cada tabla aplicable y la mayor tarifa resultante se aplica sobre la base unificada, sin reclasificar ingresos. Esta regla no se extiende al ICA, que se liquida por actividad y jurisdicción, conforme a los arts. 904 y 908 del E.T.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: El concepto aclara el numeral 10 del Concepto 016230 de 2025, porque en su ejemplo la tarifa más alta era del 4,4 % y no del 4,0 %.









