concepto 871 de 10-10-2024: Beneficios Económicos Periódicos – BEPS.- Sistema general de pensiones 

concepto 871 de 10-10-2024: Beneficios Económicos Periódicos – BEPS.- Sistema general de pensiones 

 

Problema Jurídico: ¿Pueden los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) ser considerados equivalentes a una pensión para efectos tributarios y, en consecuencia, recibir el mismo tratamiento fiscal que estas?

 

Respuesta (Tesis Jurídica): No. Los BEPS al ser clasificados como parte de los servicios complementarios del Sistema Integral de Seguridad Social, funcionan como un mecanismo autónomo e independiente del Sistema General de Pensiones (SGP). Por lo tanto, no constituyen ni reemplazan una pensión, aunque coexistan con este régimen. En consecuencia, no pueden recibir el tratamiento tributario aplicable al régimen de pensiones.

Fuente:

Actualidad Tributaria Semanal

Grupo de Estudios Tributarios de Colombia

Disponible en https://bit.ly/3yx0JCC

Matriz Normativa (ver o participar)

Grupo de Estudios Tributarios de Colombia. Los jueves de 7 a 9 pm en www.globalcontable.com/grupo

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