Oficio Supersociedades 220‑233629 del 16-02-2026. Requerimiento de información.
Oficio Supersociedades 220‑233629 del 16-02-2026. Requerimiento de información.
Problema jurídico: ¿puede la Supersociedades requerir información a sociedades colombianas controladas por sociedades extranjeras?
Tesis jurídica: Sí. Porque la supervisión recae sobre la sociedad colombiana, la cual debe entregar la información que la Entidad exija, sin importar que la controlante sea extranjera. Además, la obligación de inscribir la situación de control rige también cuando la matriz está domiciliada en el exterior, conforme a los arts. 83–85 Ley 222 de 1995; arts. 2.2.2.1.1.3 y 2.2.2.1.2.5 Decreto 1074 de 2015










