Las Colegiaturas Obligatorias son Regresivas

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Transcripción del artículo original del Doctor Tito Livio Caldas. Tomado de ambitojuridico.com. Todos los Derechos Reservados. 


En América Latina el feudalismo no ha muerto. No solamente subsiste en muchos frentes e instituciones, sino que tiende a sacar a flote, de tiempo en tiempo, sus instituciones condenadas por la historia.

Tal vez con el propósito de mejorar o defender las actividades e intereses de las diversas profesiones, ha sido recurrente entre dirigentes gremiales la idea de presentar al Congreso de la República proyectos de ley sobre la creación de colegios profesionales de obligatoria afiliación. Por fortuna, casi siempre estas iniciativas han recibido el rechazo de congresistas suficientemente cultos en historia política y principios democráticos que han impedido su aprobación.

Vuelve ahora a jugar un proyecto de ley que busca la creación del Colegio Profesional de los Contadores Públicos (CPCP), según información que suministró ÁMBITO JURÍDICO en edición de 2002. Y se nos presenta una nueva ocasión para exponer algunas de las consideraciones que hacen rechazables estos intentos.

Se torna imperioso, en primer lugar, recordar que la democracia política y la economía de mercado, fundamentos esenciales de la modernidad y prosperidad de Occidente, sólo pudieron crearse y consolidarse en Europa previa la eliminación de esa gruesa costra normativa de privilegios feudales que ahogaban las libertades individuales y el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la producción, el comercio y las artes. En otras palabras, que habían detenido el progreso humano desde la caída del Imperio Romano y hasta las revoluciones inglesa, americana y francesa. Entre los beneficiarios del orden feudal estaban los gremios, definidos como corporaciones privilegiadas porque disfrutaban de poderes públicos delegados que les permitían a sus roscas dirigentes cobrar derechos y contribuciones a sus afiliados, impedir la competencia e imponer sus precios y, como consecuencia, fosilizar la producción, el comercio y el desarrollo.

La agremiación obligatoria, en cualquier actividad, implica la creación de unas entidades híbridas o bifrontes, que navegan en dos esferas de poder, la pública, de la cual derivan poderes y privilegios, y la privada, que invocan cuando realizan negocios de la más variada índole.

De esta manera acaban con la libertad de trabajo de los profesionales no afiliados de una parte y, de la otra, impiden la libre competencia, pudiendo incurrir, incluso, en actos de competencia desleal respecto a cualquier actividad económica en la que se les ocurra incursionar desde su posición dominante. En otras palabras, este bifrontismo les permite un cómodo y descarado volte-face que induce a estos gremios de creación legal, con poder público, a caer en incalificables desviaciones y abusos, en formación de roscas inamovibles y corruptas y, finalmente, en conductas mafiosas, como históricamente se ha comprobado. (Con las imaginativas figuras que les permite la amplitud de acción en la esfera privada, en la Edad Media estos gremios llegaron a imponer fuertes derechos por afiliaciones, cuotas de sostenimientos y otros aranceles a los nuevos afiliados, mientras exoneraban de ellos a sus herederos…).

En América Latina el feudalismo no ha muerto. No solamente subsiste en muchos frentes e instituciones, sino que tiende a sacar a flote, de tiempo en tiempo, sus instituciones condenadas por la historia, como fueron los intentos corporativos del fascismo. En últimas, pensamos, ese credo responde a la inclinación populista que tiende al estatismo y al paternalismo, algo que no va con el hombre moderno, que ama su libertad y todas sus posibilidades como individuo.

Debemos agregar también algo muy importante y definitivo para rechazar este intento regresivo: la ley en proyecto sería, a nuestro juicio, inconstitucional por cuanto pretende restringir o eliminar la libertad de trabajo y la libre competencia consagradas en nuestra Carta.

Otra cosa muy distinta son las agremiaciones o asociaciones profesionales de afiliación y desafiliación voluntarias, que pueden constituir libremente grupos de ciudadanos, bajo las normas legales pertinentes que consagran y estimulan el derecho democrático de libre asociación. “Todo lo que es obligatorio es, en principio, antiliberal”, dijo en frase memorable el culto abogado, grande escritor y amigo, Pedro Gómez Valderrama.


Nota de derechos de Autor: Este artículo se publica con autorización del diario Ámbito Jurídico de la Editorial Legis S.A. Todos los derechos reservados (www.ambitojuridico.com)


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