Decreto 0572 de mayo 28 de 2025 aumenta la autorretención del impuesto de renta

El Decreto 0572 de mayo 28 de 2025 aumenta la autorretención en 2025 para disminuir el anticipo de renta de 2026.

◦Se ajustan las bases mínimas para retener.
– Compras: Retención solo si el pago supera 10 UVT (antes 27 UVT):
* Para declarantes: 2.50% * Para no declarantes 3.50%.
– Servicios: Retención solo si el pago es 2 UVT o más.
– Compra de Agrícolas/Pecuarios sin procesar o Café (Federación): 1.5% solo si el pago supera 70 UVT .
– Compra de Café (Pergamino/Cereza): Retención de 0.5% solo si el pago supera 70 UVT.
– Pagos Generales / Emolumentos Eclesiásticos: No hay retención si el pago es inferior a 10 UVT.
– Compra de Inmuebles: Tarifa de 1% hasta 10.000 UVT para vivienda, luego 2.5% para el exceso y otros usos.
– Compra de Oro (por comercializadoras): Tarifa del 2.5% sobre el total.
– Nuevas Tarifas de Autorretención: Se cambia la tabla principal (Artículo 1.2.6.8). Las tarifas dependen de la actividad CIIU) y varían (ej. 0.55%, 1.10%, 1.20%, 3.50%, 4.50%, etc.).

Ver Decreto en https://drive.google.com/file/d/1PWmehF4DGFq3kddopP4b_5u6w_YuAhew/view

Fuente: https://www.larepublica.co/economia/decreto-del-minhacienda-permitira-adelantar-el-recaudo-de-2026-para-ciertas-industria-4144909

 

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