Concepto 991 de 8-11-2024: Declaración de retención en la fuente presentadas sin pago total
Concepto 991 de 8-11-2024: Declaración de retención en la fuente presentadas sin pago total
Problema Jurídico: ¿Cuál es la interpretación del inciso 5 del artículo 580-1 del ET cuando señala que la declaración de retención en la fuente presentada sin pago total antes del vencimiento del plazo para declarar producirá efectos legales, siempre y cuando el pago total de la retención se haya efectuado a más tardar dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para declarar?
Respuesta (Tesis Jurídica): Así las cosas, se reitera que habiendo operado la ineficacia de una declaración de retención en la fuente en los términos del artículo 580-1 del ET, el agente de retención debe presentarla nuevamente, liquidando la sanción por extemporaneidad y pagando la totalidad de la retención en la fuente junto con los intereses moratorios a cargo.
Fuente:
Actualidad Tributaria Semanal
Grupo de Estudios Tributarios de Colombia
Disponible en https://bit.ly/3yx0JCC
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