Concepto 991 de 8-11-2024: Declaración de retención en la fuente presentadas sin pago total

Concepto 991 de 8-11-2024: Declaración de retención en la fuente presentadas sin pago total

 

Problema Jurídico: ¿Cuál es la interpretación del inciso 5 del artículo 580-1 del ET cuando señala que la declaración de retención en la fuente presentada sin pago total antes del vencimiento del plazo para declarar producirá efectos legales, siempre y cuando el pago total de la retención se haya efectuado a más tardar dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para declarar?

Respuesta (Tesis Jurídica): Así las cosas, se reitera que habiendo operado la ineficacia de una declaración de retención en la fuente en los términos del artículo 580-1 del ET, el agente de retención debe presentarla nuevamente, liquidando la sanción por extemporaneidad y pagando la totalidad de la retención en la fuente junto con los intereses moratorios a cargo.

 

Fuente:

Actualidad Tributaria Semanal

Grupo de Estudios Tributarios de Colombia

Disponible en https://bit.ly/3yx0JCC

Matriz Normativa (ver o participar)

Grupo de Estudios Tributarios de Colombia. Los jueves de 7 a 9 pm en www.globalcontable.com/grupo

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