Concepto 525 de 8-07-2024: Presencia significativa, Retención en la fuente en servicios a través de plataformas

Concepto 525 de 8-07-2024: Presencia significativa, Retención en la fuente en servicios a través de plataformas.

PROBLEMA JURÍDICO: ¿Los ingresos derivados de la prestación de servicios a través de plataformas digitales por parte de personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia están sujetos a impuestos en el país y por lo tanto hay lugar a practicar retención en la fuente, especialmente cuando existe un convenio para evitar la doble imposición suscrito con el Estado de residencia de dichas personas o entidades, PES?

Respuesta (tesis jurídica): Recordar que la Ley 2277 del 13 de diciembre de 2022, creó el artículo 20-3 del E.T. Tributación Por Presencia Económica Significativa En Colombia. Por lo tanto, los agentes de retención deberán verificar en primera medida si el prestador de servicios digitales cumple con los supuestos para la sujeción de los impuestos de renta y complementarios por PES e IVA. Tener en cuenta que el efecto jurídico tributario de los CDI, prevalecerán frente a las normas del PES.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Colega ¿Te gustaría escribir artículos profesionales?

Obtén tu propio BLOG completamente Gratis!

Daremos comienzo en:

Días
:Hor
:Min
:Seg
El descuento ha finalizado

taller virtual

Más información aquí abajo

Link Exclusivo 

Abrir el chat
¿En qué podemos ayudarte?