Concepto 499 de 02-07-2024 : Retención en la fuente en apoyos educativos.
Concepto 499 de 02-07-2024 : Retención en la fuente en apoyos educativos.
PROBLEMA JURÍDICO: Una entidad Pública del orden nacional tiene dentro de su plan de bienestar el apoyo a programas de educación”lo accesorio sigue la suerte de lo principal” formal a sus servidores por concepto de incentivos educativos ¿Debe la entidad pública realizar retención en la fuente a dichos pagos a título del impuesto sobre la renta?
Respuesta (tesis jurídica): No, si dichos apoyos son financiados con recursos públicos,y la Entidad Pública que financia los programas educativos a sus funcionarios, cumple con los requerimientos del artículo 46 del E.T., dichos ingresos serán I.N.C.R.G.O.