Concepto 382 [003325] del 24-05-2024. Retención en la fuente por intereses moratorios es la misma de la obligación principal
Problema Jurídico: ¿A los intereses moratorios les aplica la retención en la fuente por rendimientos financieros?.
Respuesta (Tesis Jurídica): NO. Los intereses moratorios no pueden considerarse como rendimientos financieros razón por la cual no es procedente la aplicación del artículo 395 del Estatuto Tributario.
Los intereses son accesorios a la obligación principal que los genera y por esto “estarán sometidos a retención en la fuente, si lo está la obligación principal” y “…por el mismo concepto que la obligación principal”.
Fuente:
Actualidad Tributaria Semanal
Grupo de Estudios Tributarios de Colombia
Disponible en https://bit.ly/3yx0JCC
Matriz Normativa (ver o participar)
Grupo de Estudios Tributarios de Colombia. Los jueves de 7 a 9 pm en www.globalcontable.com/grupo













![Concepto 382 [003325] Retención en la fuente intereses moratorios Concepto 382 [003325] Retención en la fuente intereses moratorios](https://www.globalcontable.com/wp-content/plugins/contextual-related-posts/default.png)
