Concepto 008129 de 24-06-2025. Documento soporte – DSNO.

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Problema jurídico: ¿Es deducible un costo o gasto aunque el “Documento Soporte para No Obligados a Facturar” (DNSO) se haga en el año siguiente a la recepción del bien o servicio?

Respuesta (Tesis jurídica): No. Porque el parágrafo 2 del artículo 771-2 del Estatuto Tributario solo se refiere a la factura y al “documento equivalente”, que los emite el proveedor. Pero esta norma no incluyó al DSNO, el cual lo debe hacer el comprador en el mismo año de la compra del bien o servicio.

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