Concepto 007526 int 869 de 10-06-2025. IVA.

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Problema jurídico: ¿Se debe aplicar la base gravable general del art. 447 del E.T. o la base especial del art. 1.3.1.7.9. del DUR 1625 en la instalación de concreto?

Respuesta (Tesis jurídica): Sí. Porque cuando la instalación de concreto hace parte de una obra material de inmueble, se configura un servicio de construcción y aplica la base especial.

No. Porque si no constituye obra de construcción, el servicio se grava con la base general, es decir, el valor total de la operación.

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