Concepto 000302 del 01-14-2026. RTF AFC-AFV RST.
Concepto 000302 del 01-14-2026. RTF AFC-AFV RST.
Problema jurídico 1: ¿Está sujeto a retención en la fuente el retiro de saldos de cuentas AFC o de fondos de pensiones voluntarias realizado por un contribuyente del RST sin cumplir los requisitos legales?
Tesis jurídica 1: Sí. Porque la pérdida del beneficio de renta exenta exige revertirlo mediante la retención en la fuente aplicable al momento del retiro anticipado, aun cuando el contribuyente pertenezca al RST. Conforme a los arts. 126‑1, 126‑4 del E.T.
Problema jurídico 2: ¿Procede incluir las retenciones practicadas por retiros anticipados de cuentas AFC o fondos de pensiones voluntarias a contribuyentes del RST?
Tesis jurídica 2: Sí. Porque la retención derivada de la reversión del beneficio fiscal debe reconocerse dentro del impuesto unificado y registrarse en la declaración correspondiente, conforme al art. 1.2.4.4.8 del DUR 1625 de 2016.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: La DIAN aclaró que estas retenciones, pueden ser imputadas dentro del RST sin generar doble imposición, registrándose en la casilla 50 del Formulario 2593 y casilla 54 del Formulario 260, según corresponda










