Sentencia 30065 del 25-09-2026. IVA. Servicios de los agentes de carga internacional frente a la exclusión del transporte de carga.

Sentencia 30065 del 25-09-2026. IVA. Servicios de los agentes de carga internacional frente a la exclusión del transporte de carga.

Problema jurídico: ¿Quedan excluidos de IVA todos los servicios de un agente de carga internacional por el solo hecho de estar ligados a una operación de transporte de carga?

Tesis jurídica: No. Porque la exclusión recae sobre el servicio de transporte de carga y no sobre quien lo presta; cada prestación debe examinarse para establecer si hace parte de ese servicio, sin que basten la calidad de agente de carga ni su relación económica o logística con el transporte, conforme al num. 9 del art. 476 del E.T.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: El Consejo de Estado negó la nulidad de las respuestas 1 y 2 del Oficio 100208221-0042 del 19-04-2021 y del Oficio 100208221-002207 del 07-11-2018, que consideraron gravados con IVA los servicios del agente de carga internacional consultados. Precisó que esos oficios solo resolvieron los supuestos consultados, como el flete contratado por cuenta del cliente bajo un mandato y ciertos servicios complementarios, y no fijaron el tratamiento de todas las actividades del agente de carga.

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