Sentencia 29317 del 09-04-2026. Devolución del saldo a favor en IVA.
Sentencia 29317 del 09-04-2026. Devolución del saldo a favor en IVA.
Problema jurídico: ¿Procede rechazar por extemporánea la solicitud de devolución del saldo a favor en IVA presentada pese a la suspensión de términos por la pandemia?
Tesis jurídica: Sí. Porque el término de dos años para pedir la devolución es perentorio y su vencimiento habilita el rechazo. La suspensión de términos solo operó entre el 19 de marzo y el 3 de abril de 2020, sin cubrir solicitudes posteriores, conforme a los arts. 850 y 854 E.T. y Res. DIAN 022 y 030 de 2020.











