Sentencia 28920 del 23-07-2026. Renta. Tasa mínima de tributación y dividendos no gravados.

Sentencia 28920 del 23-07-2026. Renta. Tasa mínima de tributación y dividendos no gravados.

Problema jurídico 1: ¿Podía la DIAN incorporar por vía interpretativa el impuesto a adicionar de la tasa mínima de tributación en la fórmula para determinar los dividendos no gravados?

Tesis jurídica 1: No. Porque el art. 49 del E.T. no fue modificado por la Ley 2277 de 2022, de manera que incorporar allí el impuesto a adicionar asimila conceptos no comparables y modifica indirectamente la base y las tarifas del impuesto a los dividendos, con vulneración de los principios de legalidad y reserva de ley.

Problema jurídico 2: ¿Aplica la Tasa Mínima, aunque existan pérdidas contables?, es decir, ¿Admite la norma tributaria que “la utilidad contable antes de impuestos” pueda ser negativa?

Tesis jurídica 2: Sí. Porque la pérdida contable es solo un elemento de la fórmula y la sujeción a la tasa mínima depende del resultado de la utilidad depurada, entendida la utilidad contable como la ganancia o pérdida neta de la NIC 12, conforme al par. 6 del art. 240 del E.T. y a la Sent. C-488 de 2024.

Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Esta sentencia del Consejo de Estado declaró la nulidad del numeral 20 del Concepto 100208192-202 del 22-03-2024, octava adición al concepto general sobre renta de personas jurídicas por la Ley 2277 de 2022, y mantuvo la legalidad del numeral 12 del mismo concepto. Con salvamento parcial de voto

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