Concepto 010626 del 03-06-2026. Título depósito judicial.

Concepto 010626 del 03-06-2026. Título depósito judicial.

Problema jurídico: ¿Procede admitir los títulos de depósito judicial como medio de pago para acceder a la conciliación contencioso-administrativa?

Tesis jurídica: Sí. Porque los títulos de depósito judicial constituidos a favor de la Administración Tributaria se entienden pagados desde la fecha de su constitución, por lo que son admisibles como medio de pago siempre que hayan sido constituidos dentro del término de vigencia del beneficio, conforme al art. 803 del E.T. y al art. 6 del Dec. 240 de 2026.

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