Un enfoque de riesgos nos lleva a otra conclusión, no a la teórica coexistencia de subordinación laboral y libertad técnica

Hernando Bermúdez Gómez

Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas

Pontificia Universidad Javeriana

Contrapartida número 3821, septiembre 24 del 2018

A propósito de la publicación de las declaraciones tributarias por parte de funcionarios del Estado, que parece será propuesta en alguno de los proyectos de ley contra la corrupción, llamamos la atención sobre el parecer del senador mexicano Mario Zamora Gastélum, quien “(…) propuso que los servidores públicos tengan la obligación de presentar un dictamen de congruencia patrimonial, emitido por un contador público certificado, a fin de mitigar y prevenir los riesgos de actos de corrupción. (…)”

Hace muchos años, concretamente a través de la Ley 190 de 1995, se facultó al Gobierno colombiano para obligar a las personas naturales a llevar contabilidad. En nuestro criterio no es adecuado exigir un pronunciamiento sobre las declaraciones tributarias mientras falte el deber de llevar contabilidad tributaria. En su momento censuramos la orden de partir de la contabilidad financiera para llegar a las cifras admisibles en materia fiscal. Sin embargo, sin un sistema que reconozca los hechos económicos imputables a una persona, faltarán muchos elementos de juicio para poder afirmar que un denuncio está bien hecho.

Sabido es que muchas personas estiman como muy altos los impuestos que pagan. En solo renta algunos erogan un 30% de sus ingresos anuales, lo que equivale a 3,6 meses de ingreso, supuesto un comportamiento igual por 12 meses. Añádanse los impuestos de industria y comercio, el de patrimonio o equivalentes, el predial, el de rodamiento y todos los impuestos indirectos, principalmente el Iva y el Impuesto al consumo, y se llegará a un porcentaje más alto. Sabemos que varias personas han aprovechado al máximo el valor histórico para reducir impuestos, así como no declaran ciertos ingresos o los ponen en cabeza de terceras personas con tasas de contribución menores. Por otra parte, rechazamos la injusticia del sistema legal colombiano, que grava utilidades que no existen, pues desconoce que prácticamente todos contribuimos a los gastos familiares (cónyuge, hijos, padres) y realizamos otros gastos que son necesarios para una vida digna.

De algo sirve la publicación de las declaraciones tributarias. Pero la generalidad de la población colombiana no sabe que ellas no reflejan la situación económica de una persona, ni sus resultados.

Entre los funcionarios del Estado y los altos ejecutivos de las empresas colombianas hay rechazo a la publicidad de su situación económica, lo que, sin duda, reduce su intimidad y aumenta su exposición a los delincuentes que secuestran y extorsionan. Esta posición es la que nos tiene donde estamos, es decir, 23 años sin obligar a llevar contabilidad a las personas naturales.

“El que nada debe, nada teme”, “Al buen pagador no importan prendas” y otros más refranes, no revelan que la sabiduría popular entiende mejor la transparencia que los colombianos de mayores ingresos.

Todos los derechos reservados: Pontificia Universidad Javeriana. Contrapartida.

Enlace en: https://www.javeriana.edu.co/personales/hbermude/contrapartida/

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