Pagar Impuestos y Retenciones cuando se reciba el efectivo, no por devengo contable


Bogotá, D.C. 15 de Abril de 2020. GlobalContable.com participó en la mesa de trabajo convocada por el Colegio Colombiano de Contadores Públicos (CONPUCOL) y el Instituto Nacional de Contadores Públicos (INCP) para realizar propuestas urgentes que beneficien a los profesionales de la contaduría pública y a las empresas.

La propuesta de Juan Fernando Mejía,  aceptada por la mesa de trabajo para ser enviada a la Presidencia, consiste en que “el IVA, el Impuesto al consumo, Autoretenciones, Impuesto de Industria y Comercio, incluso la Retención en la Fuente sean atendidas de acuerdo con la base de caja efectivamente recaudada, por lo menos durante el periodo que dure la reactivación económica del país“. Esta medida es requerida epecialmente para las PYMES y para sectores económicos que requieren liquidez para cumplir con sus obligaciones, especialmente en tiempos de pandemia.

Por ejemplo, si se emite una factura por $10 millones e IVA del 19%, el registro contable debería hacerse de la siguiente manera:

Cuenta Concepto Débitos Créditos
1305 Cuentas por Cobrar a Clientes 11.900.000
1399 Deterioro Acumulado de CXC (100% desde el momento de emisión) 11.900.000

Para registrar el derecho de cobro, incluyendo el IVA.

Cuando se reciba el pago, se reconocerían los impuestos a pagar, sobre una base del recaudo de efectivo:

Cuenta Concepto Débitos Créditos
1110 Cuentas por Cobrar a Clientes 11.900.000
1305 Deterioro Acumulado de Cuentas por Cobrar a Clientes 11.900.000
Reconocimiento del Ingreso y del IVA por Pagar:
Cuenta Concepto Débitos Créditos
1399 Deterioro de Valor Acumulado de CXC 11.900.000
4105 Ingresos 10.000.000
2408 IVA generado adeudado al Estado (19%) 1.900.000
236575 AutoRetenciones por pagar (1,6%) 160.000
1355 Retenciones en la fuente por Cobrar 160.000

Así, NO se tendrían que pagar impuestos ni autoretenciones basándose en la mera expedición de la factura ni en el devengo contable, sino cuando se reciba el efectivo.

Flor Stella Quiroga Mora, presidente de CONPUCOL, lidera esta importante iniciativa de convocar a los contadores públicos para que actúen de manera unificada, con independencia de la corriente política a la que pertenezcan y estén colegiados o no.

La importancia de eliminar rencillas políticas o profesionales y actuar en conjunto es más importante en las épocas actuales, donde el Covid 19 ha tenido en vilo al mundo y donde los temas espirituales se hacen relevantes.

Te puede interesar: Grupo NIIF e Impuestos GlobalContable en Facbook con más de 67.000 miembros

La Crisis del Devengo Contable para fines tributarios

A criterio de Juan Fernando Mejía, el devengo contable aplicado a los impuestos contradice el principio constitucional de equidad tributaria, pues en la práctica el tratamiento es distinto para el que vende en efectivo, que puede pagar de una vez los impuestos, y el que vende a crédito que tiene que causar y pagar al Estado los impuestos de manera casi inmediata, mientras que el cliente puede demorarse para pagarle 120 días, 180 días e incluso no pagarle la respectiva venta.

Además, señala que el acceso al crédito es diferente para una PYME, normalmente limitada para acceder a préstamos y lo que sucede con las grandes compañías que acceden a préstamos de grandes bancos, no solo en Colombia, sino en otros continentes.

Recodró que connotados autores como Mauricio Plazas Vega y Juan Rafael Bravo Arteaga, en el libro de “Desde Aristóteles hasta Santo Tomás. Ideas Políticas y Jurídicas Proyectadas en el Derecho Tributario”, aseguran que la equidad tributaria debe entenderse en los términos de los mercados financieros actuales, donde las grandes empresas pueden acceder a financiación local o en bancos extranjeros, así como la obtención de derivados financieros sintéticos, lo que no es dable a las PYMES. La liquidez y facilidades de financiación para operar son diferentes en una gran empresa, por ejemplo gran contribuyente, respecto a las oportunidades que tiene una PYME. La defensa de la globalización debe ser en términos de equidad tributaria, lo que se debe materializar en herramientas claras que no ahoguen la liquidez de las PYMES y que también faciliten tanto el recaudo como la administración del tributo, lo que se hace mucho menos costoso para el Estado, si se hace en términos de la recepción del efectivo y no por devengo contable.

La liquidez de las PYME e incluso de las grandes empresas ven agravada su situación se liquidez con la actual crisis  generada por el Covid 19 y es válido proponer al Estado que contextualice las normas a la situación económica actual.

Te puede interesar: Taller Especializado Impuestos Diferidos Virtual (Aprendizaje Garantizado)

Mejía también expresó: “Aunque he sido un defensor de las NIIF, especialmente en las empresas que cotizan en las bolsas de valores y otras grandes compañías, los profesionales de las ciencias económicas y los empresarios de varios sectores han buscado que el contable no se aplique para fines tributarios, pues esto implica pagar los impuestos antes de recibir el efectivo de las ventas, generando inequidades relacionadas con la liquidez“.

En el esquema actual, cuando una empresa presta un bien o un servicio, se aplican los artículos 21 y 28 del Estatuto Tributario, obligándola a reconocer un ingreso y pagar los impuestos de manera inmediata.

Se debe reconsiderar el devengo contable para fines tributarios porque los contribuyentes deben reconocer un ingreso cuando entregan un bien o un servicio, incluso antes de emitir la factura, como lo indican los artículos 28 y 429 del ETN y el Concepto DIAN 008230 de 2018.

Te puede interesar: calendario tributario gratis en tu celular con actualización permanente en línea

Si esta propuesta no es aceptada, se continuará trabajando para que a futuro se implemente, pues otros países así lo han hecho, para lo que se requiere el apoyo de los los contadores públicos de todo el país. En ese sentido, se podrían enviar derechos de petición, presentar algún proyecto de Ley u otros mecanismos similares.

Por esto se destaca la necesidad de tener más contadores y auditores participando en las decisiones políticas del país, por lo que se requiere la unión profesional mediante colegiaturas, asociaciones de contadores, el Instituto Nacional de Contadores Públicos y los portales clave de la profesión.

En la mesa de trabajo convocada por CONPUCOL participaron importantes organizaciones como el Instituto Nacional de Contadores Públicos, la Asociación de Contadores de la Universidad de Antioquia (ACUDA), la Asociación de Contadores Públicos del Huila (ASCONPHU) y los Colegios de Contadores Públicos de Bucaramanga, del Norte de Santander, del Suroccidente Colombiano.

Si te interesa ser informado del avance de esta propuesta, así como de otros temas contables y tributarios claves, suscríbete gratis a nuestro canal de Youtube, presionando click en https://www.globalcontable.com/suscribete-al-canal-globalcontable/

La Solicitud enviada por CONPUCOL a la Presidencia de la República de Colombia puede verse aquí. 

Experiencias locales e internacionales de la contabilidad de caja

No existen dificultades de control en el pago de impuestos basado en el efectivo, pues como se explica en el anterior ejercicio, se registran los derechos de cobro y las cuentas muestran el registro en el periodo en el que se recibe el efectivo. Ya existen experiencias como las siguientes:

  1. En las entidades públicas, la retención en la fuente se hace con el pago de efectivo y no cuando se emiten las facturas, por lo que los contadores de este sector mantienen los respectivos controles.
  2. En algunos países de Centro América, se pagan los impuestos únicamente cuando se recibe el efectivo y no solo por expedir facturas o por el devengo contable.
  3. El artículo 432 del Estatuto Tributario señala que “En el servicio de teléfonos se causa al momento del pago. En el caso del servicio de teléfonos de que trata el artículo 476 -numerales 10 y 11-, el gravamen se causa en el momento del pago correspondiente hecho por el usuario“.

Otros cambios en Normas Internacionales y en Políticas Contables por Efectos del Covid 19:

Sabemos que las NIIF están cambiando, pues no estaban preparadas para afrontar aspectos como el COVID.

Muchas empresas tendrán que trabajar sobre una base de “contabilidad de caja” para fines fiscales, pero también se tendrán que hacer cambios importantes como:

  • La reversión de valorizaciones de activos (dado el alto deterioro de valor de los activos),
  • Reducir las vidas útiles de activos o igualarlas a las fiscales, pues una larga vida útil NIIF implica pagar más impuestos a los socios (por el artículo 49 del Estatuto Tributario, como se explica en https://www.globalcontable.com/mayor-vida-util-niif-implica-pagar-mas-impuestos/)
  • Incluso, las empresas tendrán que incumplir algunos aspectos de los estándares internacionales. Por ejemplo, los párrafos 55 y 62A yde la NIC 16 y 20 de las NIIF PYMES donde se dice que las empresas deben depreciar los activos aunque no se estén usando. Depreciar activos no usados, afecta gravemente la economía de las empresas, que reducen sus ingresos por razones del Covid 19 (Al respecto se recomienda ver este artículo relacionado).
  • Esta propuesta de pagar los impuestos basándose en la caja y no en el devengo contable, es uno de los cambios propuestos en el video “Cambios Covid en los Estados Financieros 2019 y 2020” gravado para actualicese.com.

El mismo IASB ha emitido varios comunicados para hacer cambios en las NIIF por razones del Covid, pues los estándares actuales deben ser adaptados a las nuevas realidades económicas y sociales del mundo.

Video relacionado: https://youtu.be/jSpKHHe_G9U

 

Artículo relacionado:

Curso corto y gratuito del reconocimiento de ingresos bajo IFRS:

Tratamiento contable y tributario de los Ingresos (NIIF 15 y NIIF PYMES)

 

 

 

Imagen tomada de escaracas.com

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Colega ¿Te gustaría escribir artículos profesionales?

Obtén tu propio BLOG completamente Gratis!

Hours :
Minutes :
Seconds

— 13 y 14 de marzo — 5PM a 9PM —

taller virtual
impuestos diferidos

Desarrollado por 2 expertos y profesionales tributaristas con gran experiencia práctica en multinacionales y PYMES.

Aprenderás:
1- Actualización normatividad contable y fiscal relevante, sus efectos
2- Análisis de las diferencias temporarias y permanentes.
Sesiones en vivo + Plantilla descargable.

Abrir el chat
¿En qué podemos ayudarte?