Entidades Territoriales, Beneficios en Impuestos y sanciones decreto 678 de 2020

El decreto 678 establece beneficios para las entidades territoriales y para los contribuyentes que tengan deudas sobre impuestos territoriales. El objetivo es tener mayor liquidez y recuperar la cartera.

El decreto en su articulo Séptimo expresa que los contribuyentes responsables, agentes retenedores, y demás obligados accederán a los beneficios en impuestos tasas y contribuciones ademas de las multas pendientes de pago en las siguientes fechas.

  1. Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagara 80% del capital sin intereses ni sanciones.
  2. Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2020, se pagara el 90% del capital sin intereses ni sanciones.
  3. Entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021, se pagará 100% del capital sin intereses ni sanciones.

Estas medidas se extenderán a las obligaciones que se encuentren en discusión en sede administrativa y judicial, y su aplicación dará lugar a la terminación de los respectivos procesos.

Las entidades territoriales deben habilitar medios electrónicos para que se facilite el acceso a los contribuyentes para colocarse al día en sus obligaciones.

Ver decreto 678 de 2020 

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Imagen de Nattanan Kanchanaprat en Pixabay

 

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