Concepto 100202208 – 2191 del 19-11-2025. Notificaciones.
Problema jurídico: ¿Debe contarse el día de recibo del correo para el término de cinco (5) días hábiles del art. 566-1 del E.T., previo al inicio del término legal de respuesta o impugnación en la notificación electrónica?
Tesis jurídica: No. Porque el conteo no inicia el mismo día de la entrega del correo electrónico, sino a partir del día siguiente, conforme a la regla general de cómputo de términos legales; conforme al art. 566-1 del E.T. y art. 61 de la Ley 14 de 1913.
