Concepto 012499 del 15-09-2025. RTF. Pagos al exterior.
Problema jurídico: ¿Procede practicar retención en la fuente cuando una entidad pública paga a una empresa extranjera por servicios técnicos prestados desde el exterior?
Tesis jurídica: Sí. Porque los servicios técnicos aprovechados en Colombia se consideran de fuente nacional y están sujetos a retención en la fuente a la tarifa del 20 %, aun cuando las partes hayan pactado no efectuar descuentos por este concepto,conforme a los arts. 24 y 408 E.T.
Nota de relatoría de GlobalContable y Global Servicios Legales: Recordar que los convenios entre particulares sobre impuestos, no son oponibles al fisco, conforme al art. 553 del E.T.

