El Componente Inflacionario es la porción de los ingresos financieros que se considera como no grabado (INCRNGO) para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Para la vigencia fiscal 2021 que se presenta en el 2022, el Componente Inflacionario es del 100% para ingresos financieros, según el Decreto 728 de 2022.
El mismo Decreto define que no es deducible el 37.57% de los costos y gastos financieros para las mismas personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Este Decreto también define que los intereses presuntivos por préstamos de las sociedades a los socios o de estos a la sociedad, es del 3,21% para el año gravable 2021 (Conforme al artículo 35 del Estatuto Tributario).