Beneficios Tributarios en IVA. Decreto 789 de 2020

Bogotá, D.C. 04 de Junio de 2020. El Decreto 789 del 04 de Junio de 2020 establece las siguientes Exclusiones transitorias del impuesto sobre las ventas (IVA):

  1. En la compra de materias primas químicas para la producción de medicamentos.
  2. En la prestación del servicio de hoteleria y turismo hasta el 31 de diciembre de 2020.
  3. En los servicios de restaurante, desarrollados a través de  contratos de franquicia igualmente hasta el 31 de diciembre de 2020.

Ademas Extiende la exención para las importaciones de vehículos de servicio publico o particular de pasajeros y/o de transporte de carga, esta exención se estipula hasta el 31 de diciembre del año 2021.

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Imagen de Michal Jarmoluk en Pixabay

 

 

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