Concepto 100202208-1587 del 30-08-2026. RTF. AIU.
Concepto 100202208-1587 del 30-08-2026. RTF. AIU.
Problema jurídico: ¿Aplica la base gravable especial del AIU para calcular la retención en la fuente a título de renta en los servicios de aseo, vigilancia y temporales?
Tesis jurídica: Sí. Porque la base especial del AIU tiene rango de ley y prevalece sobre la norma reglamentaria, de modo que la retención se liquida únicamente sobre el componente del AIU una vez se verifique que la operación supera el tope mínimo de retención, conforme al art. 462-1 del E.T., a los arts. 1.2.4.4.1 y 1.2.4.4.10 del DUR 1625 de 2016 y al Dec. 572 de 2025.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Este pronunciamiento reconsidera expresamente los Conceptos 005224 y 010208 de 2026. Aclara que el límite de 2 UVT para practicar la retención se evalúa sobre el pago total, pero una vez superado, la tarifa se aplica exclusivamente sobre el AIU. Un agradecimiento muy especial a nuestra colega Margie Ribero, por hacer posible este cambio de doctrina.











